Así se deben reclamar a las aseguradoras las indemnizaciones por los daños de los incendios

Lo prioritario es revisar los detalles de cada póliza y hacer fotografías y vídeos de lo que se ha quemado antes de realizar una limpieza Leer Lo prioritario es revisar los detalles de cada póliza y hacer fotografías y vídeos de lo que se ha quemado antes de realizar una limpieza Leer  

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Los incendios forestales han provocado que decenas de miles de personas sean evacuadas y, que muchas de ellas, tengan la incertidumbre de si sus coches, casas y cualquier otro tipo de propiedades habrán sido destruidas a su vuelta a casa. En España, en 2025 ocho de cada 10 familias tenían un seguro del hogar contratado y había 34,4 millones de coches asegurados, según la Memoria Social del Seguro, de Unespa. Lo primero que deben hacer los afectados es revisar minuciosamente sus pólizas para conocer los detalles.

Una vez recogida esa información, es hora de comunicar el siniestro en plazo. Los afectados tienen siete días para expresar oficialmente a su aseguradora lo que ha ocurrido. Para los evacuados no hay problema, pues ese plazo empieza a correr desde que el afectado tuvo conocimiento de la destrucción de sus bienes, no desde el momento exacto en que el incendio los arrasó.

Por este motivo, es importante que en el momento de regresar a casa, antes de realizar labores de limpieza y adecentar el lugar, se realicen fotografías y vídeos de lo ocurrido para remitirlos a la aseguradora y que existan pruebas. Toda esa gente que está fuera de sus casas y no puede comprobar si se han quemado sus cosas o no, deberá hacerlo en cuanto tenga información sobre su situación, según la Ley de Contratos.

El siguiente paso es entregar la relación de daños y bienes que han sido afectados. Existe un plazo de otros cinco días desde que se comunicó el siniestro para hacerle saber a la aseguradora la lista de objetos que existían en el momento del incendio, los que se han podido salvar y la estimación del valor de los daños.

Una vez realizada la comunicación, en la que los afectados deben intentar aportar toda la información posible, las aseguradoras disponen de un plazo de cuarenta días para ofrecer las correspondientes indemnizaciones, aunque es previsible que en este caso pueda demorarse teniendo en cuenta que es necesario aportar los informes que realicen las autoridades de extinción de incendios para acreditar los daños, según Facua.

Según la Ley, es posible reclamar los daños ocasionados por las medidas que el dueño de los bienes tomó en el momento del incendio, así como también las medidas de las autoridades (como echar abajo una puerta o una valla para acceder a un lugar que facilita la extinción del fuego). Cuidado con los objetos de alto valor, ya que la Ley exime a las aseguradoras de cubrir la pérdida de dinero en efectivo, joyas, piedras preciosas u obras de arte, salvo que esté pactado expresamente en la póliza.

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Es obligatorio tener un seguro del hogar contratado para poder reclamar los daños originados por el incendio si existen cargas hipotecarias. En este caso, la aseguradora velará también por los intereses del banco, según la Ley de Contratos de Seguros.

De hecho, el afectado debe comunicar a su aseguradora la existencia de la hipoteca y, a partir de ahí, la indemnización se hará efectiva siempre y cuando el banco dé su consentimiento. Si no se llega a un acuerdo con la entidad bancaria, la indemnización deberá depositarse conforme al Código Civil.

Es decir, la aseguradora se libra de su deuda depositando el dinero ante notario, pero éste no se entrega hasta que el banco y la persona afectada lleguen a un acuerdo.

Normalmente, los seguros del hogar cubren los daños tanto en el continente (la estructura de la vivienda: paredes, suelos, instalaciones) como el contenido (los muebles, electrodomésticos, ropa, etc), pero conviene revisar detalladamente los detalles de cada póliza para asegurarse de ello. Si el seguro incluye el mobiliario, la ley establece que la cobertura incluirá los objetos de uso ordinario o común a los familiares, dependientes o cualquier persona que viva en el mismo inmueble.

Finalmente, la suma de la indemnización dependerá de lo pactado en el contrato con la aseguradora, nunca más allá de esa cifra. Además, si la casa está asegurada por menos de lo que vale, lo que redundaría en unas tarifas mensuales más baratas, la empresa de seguros sólo estará obligada a indemnizar la parte directamente proporcional a ese valor, por lo que la parte restante correría a cargo del afectado. Sin embargo, si la suma está por encima del valor de la casa, el afectado tendrá derecho a exigir el pago en exceso.

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