El líder de Junts Carles Puigdemont espera la sentencia que se conocerá este jueves de la justicia europea sobre la amnistía para reactivar en los tribunales su vuelta a España. Sin embargo, diga lo que diga el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la previsión es que el retorno del expresidente de la Generalitat todavía tenga que esperar unos meses. Según fuentes jurídicas, la orden nacional de detención que pesa sobre él no se va a revocar hasta que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva, previsiblemente en octubre, el recurso de amparo que interpuso contra la decisión del juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena de no aplicarle la amnistía.
La Justicia europea debe decidir este jueves si la amnistía afectó a los intereses comunitarios
El líder de Junts Carles Puigdemont espera la sentencia que se conocerá este jueves de la justicia europea sobre la amnistía para reactivar en los tribunales su vuelta a España. Sin embargo, diga lo que diga el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la previsión es que el retorno del expresidente de la Generalitat todavía tenga que esperar unos meses. Según fuentes jurídicas, la orden nacional de detención que pesa sobre él no se va a revocar hasta que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva, previsiblemente en octubre, el recurso de amparo que interpuso contra la decisión del juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena de no aplicarle la amnistía.
Estas fuentes explican que la postura de la justicia europea sobre la amnistía en nada afectaría a la orden de detención, aunque en caso de ser favorable a los intereses de Puigdemont éste intentará que Llarena revoque su resolución. La explicación es técnica. El TJUE resuelve hoy las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y por la Audiencia Nacional. El órgano fiscalizador paralizó la aplicación de la amnistía en el proceso contable por el uso de fondos públicos para organizar el referéndum del 1 de octubre del 2017. La consejera encargada del asunto quiso preguntar a Europa si con el 1-O se pudieron ver afectados fondos e intereses europeos que impidan que los responsables de la organización puedan ser amnistiados.
El juez Llarena defiende que el expresident se lucró personalmente con el referéndum del 1-O
Éste es uno de los argumentos que precisamente Llarena utilizó para no aplicar la amnistía a Puigdemont por el delito de malversación. Sin embargo, el instructor utilizó otro argumento. Defendió que aunque la amnistía fuese legal y declarada constitucional –como ya ha ocurrido–, los hechos por los que se persigue a Puigdemont están dentro de las excepciones que la propia ley contempla. La norma avalaba el olvido penal a todos aquellos con procesos penales, contable o administrativos pendientes, vinculados al proceso independentista en Catalunya a excepción de –entre otros supuestos– quienes se hubiesen lucrado personalmente con dinero público. La tesis tanto de Llarena como de la propia Sala de lo Penal del Tribunal Supremo es que los líderes del procés se beneficiaron personalmente porque al preparar el referéndum con dinero público no lo hicieron con capital de sus bolsillos y, por tanto, les ha supuesto un beneficio económico.
Fuentes jurídicas explican que respecto de esta interpretación, el TJUE no debería adentrarse porque es potestad exclusiva del derecho interno que debe ser resuelto por los tribunales nacionales. Es decir, que quien tiene que revisar la interpretación sobre la malversación y el lucro personal será el Tribunal Constitucional.
Si el TJUE determina que no hay intereses europeos afectados, el Tribunal de Cuentas deberá amnistiar
Igualmente, si la justicia europea avala la amnistía y niega que se haya visto afectado el ordenamiento europeo o sus fondos, es previsible que la defensa de Puigdemont solicite la aplicación inmediata de la amnistía y la revocación de la orden de detención que pesa sobre él y que le mantiene desde el 2017, en Bélgica.
Hasta que este jueves a las 10 de la mañana que se lea públicamente la sentencia, se desconoce su contenido. No obstante, las partes afectadas no obvian el informe del abogado general del TJUE en el que se defiende que la ley de Amnistía no afecta a los fondos europeos ni a la normativa europea de la lucha contra el terrorismo –como planteaba la Audiencia Nacional en la cuestión prejudicial sobre la causa que efecta a los CDR–. Además, sostiene que la aprobación de la ley del olvido se produjo en un contexto de reconciliación política y social y no constituía una autoamnistía, por lo que cumplía con los estándares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derecho Humanos.
El informe del abogado general del tribunal europeo ya sostuvo que el ‘procés’ no afectó a fondos europeos
Si la sentencia que se dicte hoy viene a confirmar la tesis del abogado general, la consecuencia más directa será el archivo del proceso contable del Tribunal de Cuentas, por el que se reclama 3,1 millones de euros a una treintena de exalto cargos, entre ellos Puigdemont y el expresidente Artur Mas, y el sobreseimiento de la causa abierta por terrorismo contra varios miembros de los CDR (Comités de Defensa de la República).
Sin embargo, tanto la orden de detención de Puigdemont como la amnistía a los líderes ya condenados, entre ellos el exvicepresidente de la Generalitat y actual presidente de ERC Oriol Junqueras, sobre quien pesa todavía una inhabilitación, deberá esperar a que el TC resuelva sobre la interpretación y alcance del delito de malversación, al menos que el TJUE diera una sorpresa y se adentrara a decir algo al respecto.
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