El TSJC aplica a Borràs el indulto parcial aprobado por el Gobierno

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha aplicado el indulto parcial que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de julio a la expresidenta del Parlament de Catalunya Laura Borràs, por el que se le conmuta la pena de prisión de cuatro años, seis meses y un día por otra de dos años como responsable de un delito continuado de falsedad en documento oficial y como inductora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil cuando era presidenta de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC). También le reduce a dos años la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

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 El tribunal da diez días a la defensa y al fiscal para que se pronuncien sobre la suspensión de la ejecución de pena de prisión  

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha aplicado el indulto parcial que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de julio a la expresidenta del Parlament de Catalunya Laura Borràs, por el que se le conmuta la pena de prisión de cuatro años, seis meses y un día por otra de dos años como responsable de un delito continuado de falsedad en documento oficial y como inductora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil cuando era presidenta de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC). También le reduce a dos años la pena accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

El indulto parcial, promovido por la misma sala que condenó a Borràs por considerar que la pena de prisión resultaba “desproporcionada y excesiva”, no afecta a la multa e inhabilitación de nueve años y un día por lo que estas se mantienen. El tribunal establece la condición de que la penada indultada no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años a contar desde el 29 de julio de 2026.

En un auto, además la sala da diez días al fiscal y a la defensa de Borràs para que se pronuncien por escrito sobre la posibilidad de suspender la ejecución de la pena de prisión al tratarse de una condena que no supera los dos años y que es la única que pesa sobre la exdirigente de Junts.

Asimismo la Sala da tres días para un eventual recurso de súplica ante esta misma Sala, cuya interposición –avisa- no suspende la efectividad de la ejecutoria.

Hace más de un año, el TSJC promovió la medida de gracia a pesar de haberla condenado a cuatro años y medio de cárcel, pena que fue confirmada por el Tribunal Supremo.

En junio del año pasado, la Fiscalía entregó su informe

en contra del indulto. 

Borràs siempre defendió que la causa contra ella fue

producto del lawfare y se presentó como una “víctima política” en plena efervescencia del procés. Sin embargo, el asunto judicial contra ella fue por prevaricación y falsedad

documental cuando era presidenta de la Institució de les

Lletres Catalanes. Borràs benefició a un amigo suyo con

contratos de la entidad que dirigía, que troceó para evitar

tener que sacarlos a con­curso.

 Política

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