La jueza que investiga la gestión de la dana ha denegado en un nuevo auto la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados -Salomé Pradas y Emilio Argüeso- y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que “solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos”, como establece el artículo 579.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.
La jueza inadmite que se pueda acceder a la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat
La jueza que investiga la gestión de la dana ha denegado en un nuevo auto la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados -Salomé Pradas y Emilio Argüeso- y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que “solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos”, como establece el artículo 579.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.
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La entidad pedía que se requiera a la Generalitat la identificación de los números de los teléfonos móviles de la entonces consellera de Justicia y Administración y su secretario autonómico (también imputado) así como los datos los CDR –Call Detail Record: número de origen y destino de las llamadas, duración de la llamada, fecha y hora e inicio y final de la llamada, tipo de llamada, gastos de las llamadas, estado de finalización de las llamadas- correspondientes a dichos números de teléfono entre los días 24 a 30 de octubre de 2025. También se pedían “los datos conservados en CDR de todos los teléfonos móviles de la Generalitat Valenciana” entre las mismas fechas. Ambas peticiones han sido rechazadas.
ACPV quería conocer los Call Detail Records de los imputados y de los teñefonos de la Generalitat
En otro auto, la jueza Nuria Tuíz Tobarra también rechaza la petición de una acusación particular de recibir declaración como testigo al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, tal y como rechazó en una resolución anterior a la vista de las querellas y denuncias formuladas contra el jefe del Consell. La magistrada titular del juzgado de Primera Instancia e instrucción de Catarroja ha insistido en que “no procede su citación como investigado ante este Juzgado, sin perjuicio de que el mismo pudiera solicitarlo, que habrá de ser no como testigo, sino al amparo de las garantías propias a que se refiere el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
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Unos argumentos que la jueza ya había explicitado pero a los que ha añadido otro apunte significativo. El auto recoge que “se ha efectuado dicho ofrecimiento al objeto de que declare como investigado ante este Juzgado, que ha sido declinado por el President de la Generalitat Valenciana”. Mazón sí dejó claro a preguntas de los periodistas que no tenía intención alguna de acudir a declarar ante la magistrada.
“Se ha efectuado dicho ofrecimiento al objeto de que declare como investigado ante este Juzgado, que ha sido declinado por el President de la Generalitat”
Respecto a la citación del presidente, la jueza señala que “la declaración de situación de emergencia catastrófica corresponde al President, la asunción del mando único, caso de haberse acordado, hubiera pasado al president, así como la estructura organizativa del plan territorial”. En este contexto, apunta que “las preguntas que pudieran formularse al President de la Generalitat versarían sobre el análisis de la omisión de la declaración de situación de emergencia catastrófica. Nunca se declaró dicha situación, lo que difícilmente tendría encaje en una declaración testifical, y desplazaría su posición procesal a la propia de un investigado”.
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