La casi imposible sanción al juez Peinado

Tres veces se ha reunido ya la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para debatir sobre si el juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso de Begoña Gómez, merece o no una sanción. Y las tres veces las cosas han quedado en tablas. Mañana se celebrará un nuevo encuentro de esa comisión, el principal órgano de gobierno de los jueces, y es muy probable que se aborde por cuarta vez el asunto de Peinado. Lo que ya es casi imposible es que sobre el magistrado recaiga una multa, según indican fuentes jurídicas.

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 El magistrado se jubila el 27 de septiembre, fecha en la que decaería el expediente disciplinario si lo hubiera  

Tres veces se ha reunido ya la comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para debatir sobre si el juez Juan Carlos Peinado, instructor del caso de Begoña Gómez, merece o no una sanción. Y las tres veces las cosas han quedado en tablas. Mañana se celebrará un nuevo encuentro de esa comisión, el principal órgano de gobierno de los jueces, y es muy probable que se aborde por cuarta vez el asunto de Peinado. Lo que ya es casi imposible es que sobre el magistrado recaiga una multa, según indican fuentes jurídicas.

¿Por qué está Peinado en entredicho? El juez, titular de la plaza número 41 de la sección de instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, dictó un auto acordando imponer medidas cautelares contra Gómez al considerar que había riesgo fuga de que la esposa del presidente del Gobierno. Peinado argumentó que el hecho de que Gómez esté custodiada por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado no garantizaba que la esposa del presidente no huyera al extranjero. Eso irritó al Sindicato Unificado de Policía, que planteó una queja contra el juez.

En consecuencia, el CGPJ abrió diligencias informativas contra el juez. Sobre Peinado ya pesaban otras quejas formuladas por el ministro de Justicia, Félix Bolaños; el grupo municipal Más Madrid y el diputado socialista Pedro Guillermo Hita; la asesora de la mujer del presidente del Gobierno Begoña Gómez, Cristina Álvarez, y un particular.

En las primeras reuniones, la comisión permanente, compuesta por ocho magistrados, no logró ponerse de acuerdo sobre si Peinado debía ser sancionado o no. Así que se optó por la salomónica decisión de encomendar el estudio del caso al promotor de acción disciplinaria, Ricardo Conde, quien informó a favor del archivo de todas las quejas. Pero su opinión tampoco sirvió para desempatar y una tercera reunión de la comisión permanente acabó también en tablas. 

En la reunión de mañana pueden surgir distintas decisiones, pero todas ellas conducirían a la casi segura exoneración de Peinado. La primera opción pasaría porque la comisión acepte la propuesta de Conde y opte por el archivo de las quejas que se han formulado contra él.

También cabe la posibilidad de que, pese al informe de Conde, la comisión permanente opté por abrir un procedimiento disciplinario. No es una opción imposible, porque en caso de que persista el empate, la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, tiene voto de calidad, lo que podría inclinar la balanza tanto a favor de expedientar a Peinado como a favor de archivar su caso.  

Pero si se decide incoar el expediente disciplinario es también muy poco probable que llegué al puerto de la sanción por una cuestión de tiempo. Peinado se jubila el 27 de septiembre. El mes de agosto es inhábil a los efectos de la tramitación de esa procedimiento. Pero aunque se iniciase a principios de septiembre, sería muy improbable que terminase antes de la jubilación de Peinado.  

Este tipo de procesos requieren de una instrucción, en la que se analizan las pruebas y que concluye con una propuesta de resolución. Después la autoridad competente debe dictar una resolución motivada. La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que este tipo de procedimientos no pueden exceder de un año. No indica una periodo mínimo, pero debido a la cantidad de trámites es improbable que pueda sustanciarse en 27 días, los que van del 1 de septiembre al 27, fecha de la jubilación de Peinado. Una vez el juez se jubila, el expediente decae y ya no cabe ningún tipo de sanción contra él.   

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