Justicia pide al CGPJ y a la Fiscalía si es legal la huelga de jueces y si fijará servicios mínimos

El Ministerio de Justicia ha pedido al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscal Jefe de la inspección fiscal si considera legal la convocatoria de huelga convocada por las asociaciones mayoritarias de la magistratura y la fiscalía en contra de la reforma de la Justicia que impulsa el ministro Félix Bolaños.

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 El Ministerio pregunta al órgano de gobierno de los jueces y a la inspección de la fiscalía si sigue considerando que, como en anteriores paros, la huelga no tiene un marco legal que la ampare   

El Ministerio de Justicia ha pedido al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscal Jefe de la inspección fiscal si considera legal la convocatoria de huelga convocada por las asociaciones mayoritarias de la magistratura y la fiscalía en contra de la reforma de la Justicia que impulsa el ministro Félix Bolaños.

Estas asociaciones han convocado una concentración ante el Tribunal Supremo este sábado y tres días de huelga el martes, miércoles y jueves de la próxima semana.

El CGPJ y la Fiscalía concluyeron en anteriores convocatorias que no existe un marco legal para la paro

La directora general para el servicio público de Justicia, Verónica Ollé, remitió un oficio al Consejo General del Poder Judicial en el que le pide que aclare si, a su juicio, los jueces tienen derecho de convocar una huelga.

El oficio le recuerda al Consejo que en 2009, en circunstancias similares este organismo concluyó que el derecho a la huelga no existe para jueces y fiscales. “El ejercicio de ese posible derecho [de huelga] carece, en el momento actual de soporte normativo” sostuvo entonces el Consejo.

No obstante, jueces y fiscales han celebrado diversas huelgas o paros a los largo de los últimos decenios.

La petición que le dirige la directora general tiene por objeto, en el caso de que el Consejo ampare el derecho de huelga, que fije los servicios mínimos que corresponden y también comunique quienes van a participar en la huelga para poder detraer la parte correspondiente de su sueldo.

En caso de que mantenga el criterio de 2009, en el que no se reconoció el derecho, pide al Consejo de que informe de qué personas realizan el paro para “detraer los haberes correspondientes”.

El oficio remitido a la Fiscal Jefe de la inspección fiscal se expresa en el mismo sentido pero, en este caso recuerda que en 2018, también en unas circustancias similares, la Fiscalía General del Estado acordó que “el derecho a la huelga proclamado en el artículo 28.2 de la Constitución para todos los trabajadores no ha sido objeto de desarrollo normativo en relación con la carrera fiscal”.

La director general pregunta a la Fiscalía General si mantiene el mismo criterio que en aquel momento y, de ser así, pide que adopte las medidas correspondientes para detraer los salarios correspondientes a los huelguistas. Si, por el contrario cree que a los fiscales y abogados les corresponde el derecho, pide que establezca, además, los servicios mínimos para garantizar el funcionamiento del ministerio fiscal.

El Ministerio de Justicia trasladó también este lunes también a las asociaciones de magistrados y fiscales sus dudas sobre la legalidad de esta convocatoria de huelga.

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