El Tribunal Supremo sigue aplicando la ley de amnistía como respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE),que ha avalado la norma. Hoy ha sido el turno para los exmiembros de la mesa del Parlament catalán Lluis María Corominas, Anna Simó, Ramona María Barufet, Lluis Guinó, que fueron condenados por un delito de desobediencia. La Sala de lo Penal acaba de declarar extinguida la responsabilidad penal por ellos.
Ha sido el turno de los exmiembros de la mesa de la cámara catalana Lluis María Corominas, Anna Simó, Ramona María Barufet y Lluis Guinó, que fueron condenados por un delito de desobediencia
El Tribunal Supremo sigue aplicando la ley de amnistía como respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE),que ha avalado la norma. Hoy ha sido el turno para los exmiembros de la mesa del Parlament catalán Lluis María Corominas, Anna Simó, Ramona María Barufet, Lluis Guinó, que fueron condenados por un delito de desobediencia. La Sala de lo Penal acaba de declarar extinguida la responsabilidad penal por ellos.
El Tribunal Superior de Juscia de Catalunya (TSJC) les condenó en el 2023 por desobedecer al Tribunal Constitucional cuando ocupaban sus cargos bajo la presidencia de Carme Forcadell, y les impuso una pena de cuatro meses de inhabilitación.
Ya habían sido juzgados en julio de 2020 y entonces el TSJC les condenó a un año y ocho meses de inhabilitación, además de a una multa de 30.000 euros, por desobedecer al TC al tramitar resoluciones relacionadas con el referéndum del 1 de octubre del 2017. Si embargo, el juicio se tuvo que repetir por orden del Supremo al considerar que dos de los tres magistrados que juzgaron el caso habían vulnerado el principio de imparcialidad al exteriorizar sus posturas antes de dictar sentencia.
El Supremo había planteado una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional sobre el artículo 1 de la ley de amnistía . El órgano de garantías ya declaró plenamente consitucional la norma aprobada en el 2024 y dio validez al objeto de la amnistía por la que “quedan amnistiados los actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Catalunya el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de noviembre de 2011 y 13 de noviembre de 2023”, así como de distintas acciones ejecutadas entre estas fechas en el contexto del denominado proceso independentista catalán.
Política
