Amnistiados 45 guardias civiles por las cargas del 1-O en Dosrius (Barcelona)

El juzgado de Instrucción número 4 de Mataró (Barcelona) ha amnistiado a 45 guardias civiles investigados por las cargas del 1-O en dos centros de Dosrius (Barcelona), así como al exalcalde Marc Bosch y el exconcejal Eduard García, encausados por facilitar el referéndum.

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 El juzgado aplica la ley de Amnistía para el exalcade Marc Bosch y al exconcejal Eduard García  

El juzgado de Instrucción número 4 de Mataró (Barcelona) ha amnistiado a 45 guardias civiles investigados por las cargas del 1-O en dos centros de Dosrius (Barcelona), así como al exalcalde Marc Bosch y el exconcejal Eduard García, encausados por facilitar el referéndum.

La titular del juzgado de Instrucción número 4 de Mataró ha acordado en un auto aplicar la amnistía a esos agentes de la Guardia Civil y dos cargos del Ayuntamiento de Dosrius por lo hechos ocurridos en la escuela Castell de Dosrius y en el casal Les Cotxeres durante el referéndum del 1-O del 2017 suspendido por el Tribunal Constitucional.

En concreto, la magistrada investigaba 27 denuncias presentadas por votantes del 1-O contra 45 guardias civiles por las lesiones causadas en las cargas para impedir el referéndum, así como otra del instituto armado contra los dos cargos del consistorio de Dosrius por desobediencia y atentado a la autoridad.

En el auto, avanzado por El Món y al que ha tenido acceso Efe, la magistrada aduce que todos los hechos investigados, tanto las lesiones como la desobediencia y atentado a la autoridad, están incluidos en la ley del olvido penal.

En concreto, en el caso de los agentes de la Guardia Civil, la titular del juzgado de Instrucción número 4 de Mataró esgrime que, de acuerdo con los partes médicos presentados por los ciudadanos denunciantes, todas las lesiones fueron leves, excepto tres de ellas, consideradas menos graves, y que la actuación policial se hizo en el marco de dificultar o impedir la celebración del 1-O, por lo que estos supuestos delitos investigados tienen encaje en el artículo 1 de la ley de Amnistía.

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Aunque estos 27 ciudadanos denunciaron, además de lesiones, delitos contra la integridad moral y torturas, que podrían quedar fuera de la amnistía, el auto considera que los hechos investigados “no tienen encaje” en estos delitos, de acuerdo con las grabaciones aportadas por los denunciantes como las de la Guardia Civil.

Respecto al delito de desobediencia por el cual estaban siendo investigados el alcalde y el regidor de Dosrius por la apertura de centros públicos dependientes del ayuntamiento para facilitar las votaciones pese a que el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya lo prohibía, el auto recuerda que este delito de desobediencia “cualquiera que sea su naturaleza” tendente a permitir la celebración del 1-O está recogido en los supuestos amnistiables de la ley.

En cuanto al supuesto delito de atentado a agente de la autoridad atribuido a estos dos cargos públicos, la magistrada alega que tiene cabida en la ley del olvido penal, que recoge actos de desobediencia o resistencia para “mostrar apoyo a los objetivos” de facilitar el 1-O.

Además de dictar el sobreseimiento libre del caso, la jueza señala que los agentes de la guardia civil deben percibir las prestaciones dejadas de cobrar en el supuesto de que hubieran sido separados del servicio durante esta investigación e insta a que se elimine las “notas desfavorables en las hojas de servicio” de los policías durante su actuación en el 1-O.

Amnistían a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega

Un juzgado de lo penal de Barcelona ha amnistiado a la exvicepresidenta de la Generalitat y concejal de Junts en la capital catalana Joana Ortega, en la causa por la que esperaba juicio por un delito de quebrantamiento de condena, acusada de burlar supuestamente la inhabilitación que se le impuso por la consulta independentista del 9 de noviembre del 2014.

En un auto que ya es firme, al que ha tenido acceso Efe, el juzgado de lo penal número 10 de Barcelona acuerda el archivo definitivo de la causa abierta contra Ortega al considerar que entra en los supuestos de la ley de olvido penal, en contra del criterio de la Fiscalía, que entendía que su caso no era amnistiable.

En la causa amnistiada, Joana Ortega -condenada por desobediencia por organizar la consulta del 9N en 2014 junto al expresident Artur Mas y la exconsellera de Ensenyament Irene Rigau- estaba a la espera de juicio por ejercer como asesora del Departament d’Empresa mientras estaba inhabilitada, entre mayo y octubre de 2019.

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