El vehículo eléctrico alcanza su máximo sentido cuando la energía que lo mueve es limpia y económica, y la normativa actual ha derribado los muros burocráticos para que cualquier bloque de pisos pueda convertirse en su propia estación de servicio.El debate sobre la transición energética se ha trasladado de los concesionarios a las juntas de propietarios, donde surge una pregunta recurrente: ¿Es posible cargar un vehículo en el garaje comunitario con la energía generada por paneles solares en el tejado? La respuesta es afirmativa y, según la información técnica facilitada por la aseguradora Occident, el marco legal actual en España se presenta más favorable que nunca para dar este paso.Noticia relacionada general No No Gigafactorías chinas en Europa incumplen normativas ambientales J. BacorelleEl principal obstáculo suele ser el temor a una junta de propietarios hostil, pero la Ley de Propiedad Horizontal ha evolucionado para simplificar estos proyectos. Cuando la instalación se plantea para un uso comunitario, como alimentar zonas comunes y cargadores compartidos, es suficiente con alcanzar una mayoría simple, siempre que el coste no supere las doce mensualidades de gastos comunes. Por otro lado, si solo un grupo reducido de vecinos desea instalar placas para sus propias plazas de garaje, únicamente se requiere el voto favorable de un tercio de los propietarios. En este segundo escenario, el gasto económico recae exclusivamente sobre quienes se benefician de la instalación, protegiendo así al resto de la comunidad de costes no deseados.A nivel técnico, el Real Decreto 244/2019 actúa como el motor que permite el autoconsumo compartido, facilitando que la energía se distribuya de forma inteligente entre las viviendas y los puntos de carga. F. P. Requisitos técnicos: ¿Es viable mi edificio? Para que una instalación fotovoltaica sea legal y eficiente en una comunidad, debe cumplir tres pilares según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT). Cercanía: Las placas y los cargadores deben estar a una distancia inferior a 500 metros. Conexión única: Deben compartir el mismo centro de transformación de baja tensión. Identidad catastral: La instalación solar y el edificio deben tener la misma referencia catastral.Para que la infraestructura sea legal y eficiente, debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, asegurando que las placas y los cargadores estén a una distancia inferior a quinientos metros, compartan el mismo centro de transformación y mantengan la misma referencia catastral. Es fundamental realizar una evaluación profesional previa para analizar la orientación del edificio y la superficie útil del tejado, garantizando que la producción de energía sea suficiente para las necesidades de los vehículos.La rentabilidad es otro factor determinante que acelera el retorno de la inversión. Los incentivos fiscales actuales en municipios como Madrid ofrecen bonificaciones de hasta el cincuenta por ciento en el IBI y descuentos del noventa y cinco por ciento en el impuesto de obras. Además, gracias a la modalidad de compensación por excedentes, la compañía eléctrica descuenta de la factura aquella energía que las placas generan pero que no se consume en el momento, optimizando cada rayo de sol captado.Repsol El ahorro va más allá del depósito Dependiendo del municipio (como ocurre en Madrid), las comunidades pueden optar a diferentes ayudas. Una bonificación del 50% en el IBI. Un descuento del 95% en el ICIO (impuesto de obras). Esto, sumado a la compensación por excedentes —donde la compañía eléctrica descuenta de la factura la energía que las placas generan y nadie consume—, hace que la inversión se amortice en pocos años. Instalar un punto de recarga en un garaje, ya sea privado o comunitario, es un derecho reconocido que solo requiere comunicación previa a la comunidad de propietarios. El coste habitual oscila entre 800€ y 2.000€, incluyendo equipo e instalación, siendo recomendable el uso de cargadores con balanceo de carga para no superar la potencia contratada.Hay que tener en cuenta que una instalación de este calibre debe estar correctamente registrada ante las autoridades autonómicas y estar respaldada por el seguro de la comunidad. MÁS INFORMACIÓN noticia Si Semana Santa en coche: ¿es más barato viajar en un eléctrico o en uno de gasolina? noticia No ADAS y ARAS: el nuevo abecedario de la seguridad en el coche noticia No Guardiola elige un coche eléctrico de alto rendimiento para moverse en BarcelonaContar con una protección adecuada ante fenómenos meteorológicos o incidencias eléctricas es vital para asegurar el suministro y la integridad del edificio. El vehículo eléctrico alcanza su máximo sentido cuando la energía que lo mueve es limpia y económica, y la normativa actual ha derribado los muros burocráticos para que cualquier bloque de pisos pueda convertirse en su propia estación de servicio.El debate sobre la transición energética se ha trasladado de los concesionarios a las juntas de propietarios, donde surge una pregunta recurrente: ¿Es posible cargar un vehículo en el garaje comunitario con la energía generada por paneles solares en el tejado? La respuesta es afirmativa y, según la información técnica facilitada por la aseguradora Occident, el marco legal actual en España se presenta más favorable que nunca para dar este paso.Noticia relacionada general No No Gigafactorías chinas en Europa incumplen normativas ambientales J. BacorelleEl principal obstáculo suele ser el temor a una junta de propietarios hostil, pero la Ley de Propiedad Horizontal ha evolucionado para simplificar estos proyectos. Cuando la instalación se plantea para un uso comunitario, como alimentar zonas comunes y cargadores compartidos, es suficiente con alcanzar una mayoría simple, siempre que el coste no supere las doce mensualidades de gastos comunes. Por otro lado, si solo un grupo reducido de vecinos desea instalar placas para sus propias plazas de garaje, únicamente se requiere el voto favorable de un tercio de los propietarios. En este segundo escenario, el gasto económico recae exclusivamente sobre quienes se benefician de la instalación, protegiendo así al resto de la comunidad de costes no deseados.A nivel técnico, el Real Decreto 244/2019 actúa como el motor que permite el autoconsumo compartido, facilitando que la energía se distribuya de forma inteligente entre las viviendas y los puntos de carga. F. P. Requisitos técnicos: ¿Es viable mi edificio? Para que una instalación fotovoltaica sea legal y eficiente en una comunidad, debe cumplir tres pilares según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT). Cercanía: Las placas y los cargadores deben estar a una distancia inferior a 500 metros. Conexión única: Deben compartir el mismo centro de transformación de baja tensión. Identidad catastral: La instalación solar y el edificio deben tener la misma referencia catastral.Para que la infraestructura sea legal y eficiente, debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, asegurando que las placas y los cargadores estén a una distancia inferior a quinientos metros, compartan el mismo centro de transformación y mantengan la misma referencia catastral. Es fundamental realizar una evaluación profesional previa para analizar la orientación del edificio y la superficie útil del tejado, garantizando que la producción de energía sea suficiente para las necesidades de los vehículos.La rentabilidad es otro factor determinante que acelera el retorno de la inversión. Los incentivos fiscales actuales en municipios como Madrid ofrecen bonificaciones de hasta el cincuenta por ciento en el IBI y descuentos del noventa y cinco por ciento en el impuesto de obras. Además, gracias a la modalidad de compensación por excedentes, la compañía eléctrica descuenta de la factura aquella energía que las placas generan pero que no se consume en el momento, optimizando cada rayo de sol captado.Repsol El ahorro va más allá del depósito Dependiendo del municipio (como ocurre en Madrid), las comunidades pueden optar a diferentes ayudas. Una bonificación del 50% en el IBI. Un descuento del 95% en el ICIO (impuesto de obras). Esto, sumado a la compensación por excedentes —donde la compañía eléctrica descuenta de la factura la energía que las placas generan y nadie consume—, hace que la inversión se amortice en pocos años. Instalar un punto de recarga en un garaje, ya sea privado o comunitario, es un derecho reconocido que solo requiere comunicación previa a la comunidad de propietarios. El coste habitual oscila entre 800€ y 2.000€, incluyendo equipo e instalación, siendo recomendable el uso de cargadores con balanceo de carga para no superar la potencia contratada.Hay que tener en cuenta que una instalación de este calibre debe estar correctamente registrada ante las autoridades autonómicas y estar respaldada por el seguro de la comunidad. MÁS INFORMACIÓN noticia Si Semana Santa en coche: ¿es más barato viajar en un eléctrico o en uno de gasolina? noticia No ADAS y ARAS: el nuevo abecedario de la seguridad en el coche noticia No Guardiola elige un coche eléctrico de alto rendimiento para moverse en BarcelonaContar con una protección adecuada ante fenómenos meteorológicos o incidencias eléctricas es vital para asegurar el suministro y la integridad del edificio.
El vehículo eléctrico alcanza su máximo sentido cuando la energía que lo mueve es limpia y económica, y la normativa actual ha derribado los muros burocráticos para que cualquier bloque de pisos pueda convertirse en su propia estación de servicio.
El debate sobre la transición … energética se ha trasladado de los concesionarios a las juntas de propietarios, donde surge una pregunta recurrente: ¿Es posible cargar un vehículo en el garaje comunitario con la energía generada por paneles solares en el tejado?
La respuesta es afirmativa y, según la información técnica facilitada por la aseguradora Occident, el marco legal actual en España se presenta más favorable que nunca para dar este paso.
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El principal obstáculo suele ser el temor a una junta de propietarios hostil, pero la Ley de Propiedad Horizontal ha evolucionado para simplificar estos proyectos. Cuando la instalación se plantea para un uso comunitario, como alimentar zonas comunes y cargadores compartidos, es suficiente con alcanzar una mayoría simple, siempre que el coste no supere las doce mensualidades de gastos comunes.
Por otro lado, si solo un grupo reducido de vecinos desea instalar placas para sus propias plazas de garaje, únicamente se requiere el voto favorable de un tercio de los propietarios. En este segundo escenario, el gasto económico recae exclusivamente sobre quienes se benefician de la instalación, protegiendo así al resto de la comunidad de costes no deseados.
A nivel técnico, el Real Decreto 244/2019 actúa como el motor que permite el autoconsumo compartido, facilitando que la energía se distribuya de forma inteligente entre las viviendas y los puntos de carga.

Requisitos técnicos: ¿Es viable mi edificio?
Para que una instalación fotovoltaica sea legal y eficiente en una comunidad, debe cumplir tres pilares según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).
Cercanía: Las placas y los cargadores deben estar a una distancia inferior a 500 metros.
Conexión única: Deben compartir el mismo centro de transformación de baja tensión.
Identidad catastral: La instalación solar y el edificio deben tener la misma referencia catastral.
Para que la infraestructura sea legal y eficiente, debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, asegurando que las placas y los cargadores estén a una distancia inferior a quinientos metros, compartan el mismo centro de transformación y mantengan la misma referencia catastral. Es fundamental realizar una evaluación profesional previa para analizar la orientación del edificio y la superficie útil del tejado, garantizando que la producción de energía sea suficiente para las necesidades de los vehículos.
La rentabilidad es otro factor determinante que acelera el retorno de la inversión. Los incentivos fiscales actuales en municipios como Madrid ofrecen bonificaciones de hasta el cincuenta por ciento en el IBI y descuentos del noventa y cinco por ciento en el impuesto de obras. Además, gracias a la modalidad de compensación por excedentes, la compañía eléctrica descuenta de la factura aquella energía que las placas generan pero que no se consume en el momento, optimizando cada rayo de sol captado.

El ahorro va más allá del depósito
Dependiendo del municipio (como ocurre en Madrid), las comunidades pueden optar a diferentes ayudas.
Una bonificación del 50% en el IBI.
Un descuento del 95% en el ICIO (impuesto de obras).
Esto, sumado a la compensación por excedentes —donde la compañía eléctrica descuenta de la factura la energía que las placas generan y nadie consume—, hace que la inversión se amortice en pocos años.
Instalar un punto de recarga en un garaje, ya sea privado o comunitario, es un derecho reconocido que solo requiere comunicación previa a la comunidad de propietarios.
El coste habitual oscila entre 800€ y 2.000€, incluyendo equipo e instalación, siendo recomendable el uso de cargadores con balanceo de carga para no superar la potencia contratada.
Hay que tener en cuenta que una instalación de este calibre debe estar correctamente registrada ante las autoridades autonómicas y estar respaldada por el seguro de la comunidad.
Contar con una protección adecuada ante fenómenos meteorológicos o incidencias eléctricas es vital para asegurar el suministro y la integridad del edificio.
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